Avilés
Advertisement

¿Es obligatoria la asistencia de abogado y procurador en los interdictos?

El juzgado de Avilés, ante el que se suscito esta cuestión, estimó hace algún tiempo que no es obligatoria la asistencia, y desestimó en consecuencia la pretensión de que se incluyeran en las costas de un interdicto los honorarios devengados por el letrado y procurador de la parte actora; pero la audiencia de Oviedo opinó lo contarrio, y revocó la sentencia en que tal criterio se consignaba.

Contra este fallo se interpuso recurso de casación, y en la tarde de ayer lo defendió el Sr. Senantes, quien entiende que en los juicios verbales es potestativo el valerse de abogado y procurador, y son por ende sus honorarios de cuenta del que nombra representantes.

El letrado Sr. Alas Pumarino se opuso al recurso, alegando, que entre otras razones, que no se trata en el caso presente de un juicio verbal ordinario, sino especial, y por tanto no puede regirse por los mismos preceptos legales que aquel

Advertisement